Tricel - Rol 109-2016
Apelación Declaración Intereses Candidato Concejal Putre
Abstracto
Recurso de Apelación Rol N° 109-2016 ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Se refiere a la declaración de patrimonio e intereses de un candidato a concejal por Putre. El tribunal revoca la sentencia apelada y acoge la reclamación, ordenando la inscripción del candidato pese a un error involuntario en la declaración.
Resumen
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos Cuarto y Quinto, que se suprimen.
Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE:
1°. Que según dispone el artículo 6 BIS de la Ley N° 18.700, "En la fecha que corresponda efectuar la declaración de las candidaturas, todos los candidatos deberán realizar una declaración de patrimonio e intereses, en los términos que señala la Ley N° 20.880 ...";
2°. Que a fojas 7 se acompañó un certificado suscrito por el ministro de fe respectivo quien dio cuenta que por un "error involuntario", no firmó la página cinco de la declaración de intereses del candidato, sin perjuicio de lo cual en el documento consta el sello de agua y timbre que validan que la actuación sí fue realizada;
3°. Que, en consecuencia, si bien es efectiva la omisión que se reprocha a la declaración de candidatura, es lo cierto que el postulante concurrió al despacho del notario a efectos de dar cumplimiento a la exigencia legal, por lo que este Tribunal, actuando como jurado, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 de la Constitución Política de la República y 24 de la Ley N° 18.593, arriba a la conclusión que el candidato compareció a la Primera Notaría de Arica donde suscribió la declaración de intereses que exige la ley para postula...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.