Tricel - Rol 86-2016
Confirmación Sentencia Patrocinio Candidatura Independiente Alcalde Lo Barnechea
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones confirma la sentencia apelada en el Rol N° 86-2016, relativa a la impugnación de candidatura a Alcalde por Lo Barnechea. Se establece que el patrocinio de candidaturas independientes debe realizarse ante notario con jurisdicción en la comuna respectiva, cumpliéndose dicho requisito en la especie.
Resumen
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE:
1º.- Que según dispone el artículo 113 inciso primero de la Ley N° 18.695, en lo pertinente al caso que se revisa, "El patrocinio de candidaturas independientes a alcalde o concejal deberá suscribirse ante un notario público de la respectiva comuna, por ciudadanos habilitados para votar en la misma";
2°.- Que, por notario competente ante quien se debe prestar el patrocinio de candidaturas independientes a Alcalde o Concejal, conforme disponen los 112 de la Ley N° 18.695 y artículo 400 del Código Orgánico de Tribunales, debe entenderse aquel que tenga jurisdicción en la comuna o agrupación de comunas respectivas;
3°. Que en la especie, los patrocinios correspondientes fueron suscritos en la comuna de Lo Barnechea ante el Notario Público de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyo nombramiento, como se lee de la constancia de fojas 86 vuelta, comprende dicha comuna, porque se encuentra dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se confirma la sentencia apelada de diecisiete de agosto de dos mil dieciséis, escrita a fojas 87.
Acordada después de desechada la indicación previa del Ministro señor Fuentes quien fue de opinión de recabar pre...
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