Tricel - Rol 90-2016
Padrón Electoral: Cambio Domicilio en Chaitén
Abstracto
Rol N° 90-2016. El Tribunal Calificador de Elecciones resuelve reclamación sobre cambio de domicilio electoral. Revoca sentencia anterior, ordenando incorporar a la reclamante al padrón de Chaitén. Considera que un error de digitación del SERVEL no desvirtúa su voluntad, corroborada por antecedentes que acreditan su vinculación objetiva con la comuna.
Resumen
Se reproduce la sentencia de alzada con excepción de su fundamento 4°, que se elimina.
Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE:
1°. Que según se desprende de los antecedentes proporcionados por la reclamante, el 16 de junio del año en curso solicitó el cambio de su domicilio electoral a la comuna de Chaitén, pero por un error de digitación el Servicio Electoral no registró esa actuación;
2°. Que el defecto anotado no es suficiente para desvirtuar su voluntad de cambiar de domicilio electoral, lo que se ve refrendado con los documentos de fojas 5, 7 y 15, todos relacionados con su vinculación a la comuna de Chaitén, los que apreciados como jurado por este Tribunal, conforme lo autoriza el artículo 95 del Constitución Política de la República, permiten concluir la relación objetiva que une a la reclamante con dicha comuna, hecho que debe prevalecer a los efectos del ejercicio de sus derechos políticos.
Con lo relacionado se revoca la sentencia de veintiuno de agosto de dos mil dieciséis, escrita a fojas 12 y, en su lugar, se declara que doña Laura del Tránsito Vargas Peralta debe ser incorporada en el padrón electoral correspondiente a la comuna de Chaitén....
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