Tricel - Rol 1942-2021
TCE Rechaza Abandono Procedimiento Electoral Regional
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones (TCE) en Rol N°1.942-2021 revoca la resolución apelada y rechaza el incidente de abandono del procedimiento en un asunto electoral. Funda su decisión en que la Ley N°18.593 no contempla el abandono, los asuntos electorales son de derecho público, y el Tribunal tiene facultades para actuar de oficio, ordenando dar curso progresivo a los autos.
Resumen
Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de los motivos 7°, 10°, 11°, 12° y 13°, que se eliminan.
Y TENIENDO, EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE:
1°) Que la Ley N°18.593 de los Tribunales Electorales Regionales no contempla disposición en su articulado que haga aplicable en estos autos, directa o supletoriamente, el Código de Procedimiento Civil, ni, consecuencialmente, el instituto del abandono del procedimiento;
2°) Que, como ha sostenido este Tribunal en sentencias recaídas en las causas Roles N°353-2018 y N°2-2020, que las impugnaciones de los procesos eleccionarios en cuerpos intermedios son cuestiones de derecho público -promovidas por el reclamante- y no una relativa sólo al interés de las partes, motivo por el cual han sido entregadas a esta jurisdicción especial por los artículos 95 y 96 de la Constitución Política de la República;
3°) Que la Ley N°18.593 sobre los Tribunales Electorales Regionales, en sus artículos 10, 12 inciso primero, 16 inciso final, 17 último inciso, 18, 20, 21, 23, 25, 26, 27 inciso quinto y 31, ordena a esos Tribunales actuar de oficio en diversas etapas del procedimiento, requiriendo antecedentes, declarando incompatibilidades, inhabilidades e implicancias, declarando inadmisibles reclamos, orde...
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