Tricel - Rol 148-2025
Rechazo Reclamación Omisión Cuenta Gastos Electorales
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones (TCE), Rol N°148-2025, rechaza la reclamación de una candidata a concejal de Pichidegüa contra la resolución del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales por omisión, confirmando la improcedencia de conceder un nuevo plazo para subsanar dicho error.
Resumen
1°) Que, a fojas 18, el veintiocho de enero de dos mil veinticinco, reclama doña Javiera Soto Herrera, candidata a Concejal por la comuna de Pichidegüa, en las elecciones municipales de 2024, contra la resolución N°G809 de veintidós de enero de dos mil veinticinco, del Director del Servicio Electoral.
La resolución aludida precedentemente rechazó la cuenta de ingresos y gastos electorales de la candidata por no haberse presentado, lo que constituye una omisión grave artículo 50 de la Ley N°19.884, al impedir llevar a cabo el procedimiento de comprobación de la contabilidad electoral que corresponde efectuar al Servicio Electoral;
2°) Que, la reclamante sostiene que cargó la información contable a la plataforma creada por el Servicio Electoral para estos efectos. Sin embargo, no rindió la cuenta, por error.
Solicita que se le conceda un nuevo plazo para rendir su cuenta general de ingresos y gastos electorales;
3°) Que, en relación a la obligación de presentar la cuenta general de ingresos y gastos electorales, el artículo 47 de la Ley N°19.884, dispone: “Dentro de los treinta días siguientes a una elección presidencial, parlamentaria, de gobernador regional o municipal, los administradores generales electorales deberán presentar al Subdirector de Control del Gasto y...
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