Apelaciones - Rol 2309-2020
POZO OVALLE CARLOS EMILIO /MINISTERIO PUBLICO - CARABINEROS DE CHILE.-
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago acoge recurso de amparo, declarando no vigentes las medidas cautelares de prohibición de acercamiento dictadas en causas por violencia intrafamiliar, debido a que excedieron el plazo legal máximo de 180 días sin renovación, conforme al artículo 92 de la Ley 19.968.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de amparo presentado en favor de , quien fue denunciado por su cónyuge por supuestos maltratos en contexto de violencia intrafamiliar.
• Antecedentes procesales relevantes: fue denunciado por su cónyuge, , por supuestos maltratos en el contexto de violencia intrafamiliar en dos oportunidades. El Centro de Medidas Cautelares de Santiago, conociendo de las denuncias bajo los RIT F-3777-2019 y F-3897-2019, se declaró incompetente, derivando los antecedentes a la Fiscalía Local de Maipú, decretando como medidas cautelares la salida del denunciado del hogar común y la prohibición de acercarse a la víctima, extendiéndose estas medidas “hasta que el Fiscal solicite su cese o modificación en el Juzgado de Garantía competente”. Las causas fueron archivadas provisionalmente, sin que la fiscalía solicitara el cese o modificación de las medidas cautelares. El amparado constató en una Comisaría la vigencia de la medida de prohibición de acercamiento.
• Hechos acreditados:
- Existencia de denuncias por violencia intrafamiliar contra .
- Decreto de medidas cautelares por el Centro de Medidas Cautelares de Santiago.
- Archivo provisional de las causas por la Fiscalía Local de Maipú.
- Inexis...
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