Civil - Rol V-118-2020

ARELLANO/

Abstracto

El Juzgado de Letras de Cauquenes, en sentencia del 30 de septiembre de 2024, rechazó el reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces, quien se rehusó a inscribir una compraventa por falta de facultades del administrador delegado para enajenar inmuebles. Se desestimó la solicitud sin costas.

Resumen

• Datos básicos del caso: Reclamo en contra del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes (CBR) por rehusamiento de inscripción de compraventa. Rol V-118-2020, Juzgado de Letras de Cauquenes.

• Antecedentes procesales relevantes: , representado por , interpone reclamo el 06 de julio de 2020. El CBR de Cauquenes, a través de su suplente, informa el 30 de diciembre de 2020 sobre los motivos del rehusamiento.

• Hechos acreditados:

  • Escritura pública de compraventa de 01.10.2014, Repertorio N° 2441-2014, Notario de Talca , donde compró para “Construcciones Arellano SpA” (actualmente “Constructora Arellano SpA”) dos inmuebles.
  • El CBR rehusó la inscripción el 04.12.2014, argumentando que el administrador delegado carecía de facultades para enajenar bienes inmuebles, según el artículo 395 del Código de Comercio.
  • Los inmuebles se encuentran inscritos a nombre de “Inmobiliaria e Inversiones Retulemu Limitada” a fojas 695 N° 1210 y 695 vta. N° 1211 del Registro de Propiedad de 2010 del CBR de Cauquenes.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si el rehusamiento del CBR de Cauquenes a la inscripción de la compraventa fue ajustado a derecho, considerando las facultades del administrador delegado ...

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