CMF - Oficio Ordinario N°6677 de 09/03/2011

Seguros legalidad pago e interés asegurable

Abstracto

Oficio Ordinario N°6677 de 09/03/2011. Materia: Seguros. Normativa: Código de Comercio, art. 518. Se consulta sobre la legalidad de un pago en un contrato de seguro y el interés asegurable. La CMF no puede pronunciarse sobre la legalidad del pago o derechos hereditarios, remitiendo a la sede judicial.

Resumen

La materia consultada corresponde a un contrato de seguro, que genera derechos y obligaciones entre las partes contratantes y el beneficiario y cuya resolución de conflicto se encuentra establecida en la misma póliza, por lo que esta Superintendencia no puede pronunciarse acerca de la legalidad del pago.

En la liquidación de siniestros acompañada, se señala en el punto 9 y 10, que la propiedad asegurada pertenece a doña y a don en un 75% y 25% respectivamente, correspondiendo el interés asegurable de la contratante sólo a dicho porcentaje, de acuerdo a lo señalado en el artículo 518 del Código de Comercio.

Respecto a los derechos que el reclamante sostiene poseer en su calidad de heredero, es una materia que debe ser resuelta judicialmente en la sede judicial respectiva....

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