CMF - Oficio Ordinario N°13980 de 18/05/2011
Valores Sociedad Anónima Filial Extranjero Directorio Facultades
Abstracto
Oficio Ordinario N°13980 de 18/05/2011 aborda la creación de una filial en el extranjero por parte de una sociedad anónima. Analiza las facultades del directorio versus la junta de accionistas según Ley N°18.046. Establece que el directorio puede acordar la operación si no implica acuerdos del art. 57.
Resumen
En atención a su presentación del antecedente, mediante la cual formula una consulta relativa a la creación de una filial de esa sociedad en el extranjero, cumplo con informar lo siguiente:
Señala que es intención de Indura S.A. efectuar las gestiones correspondientes para que una de sus sucursales (agencias) en el extranjero continúe las actividades propias de su giro social como sociedad filial, sustituyendo al efecto su calidad de sucursal o agencia de Indura S.A. por la de una sociedad anónima, todo ello según se permite bajo las respectivas leyes locales.
En relación a lo expuesto, solicita a esta Superintendencia emitir una opinión señalando si, en concepto de este Servicio y de acuerdo a la legislación chilena, la decisión sobre la materia referida precedentemente se enmarca dentro de las facultades propias del Directorio de Indura S.A.
Al efecto, cabe señalar que las materias que son de competencia de las juntas de accionistas de una sociedad anónima se encuentran claramente determinadas en la Ley N°18.046 y que al respecto, los estatutos de Indura S.A. no alteran lo establecido en la referida ley.
En este orden de ideas y considerando que la operación propuesta no se encuentra expresamente identificada como materia propia de junta de accionistas, para la creación de ...
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