CMF - Oficio Ordinario N°23721 de 13/09/2011
Seguro incendio sismo condominios indemnización
Abstracto
Oficio Ordinario N°23721 de 13/09/2011. Dictamen sobre seguro de incendio y sismo para viviendas en condominios tipo A (Ley 19.537). Interpreta el Art. 70 letra c) DS 1/2011 MINVU, relativo a la suma asegurada y el límite de indemnización, aplicando principios indemnizatorios del seguro.
Resumen
Al respecto, en opinión de esta Superintendencia, la exigencia reglamentaria contenida en el DS 1/2011 debería entenderse en el contexto que la norma en cuestión da una regla respecto de como estimar la suma asegurada, que es el límite máximo de responsabilidad del asegurador. A su vez, la indemnización del seguro debería ajustarse al verdadero valor del objeto asegurado al momento del siniestro, sujeto al límite antes indicado, por el carácter indemnizatorio del seguro. Esto se determinaría al ocurrir el siniestro, en el procedimiento de liquidación.
De esta forma, se guardaría la debida armonía con los artículos 532, 535, y 565 del Código de Comercio, en cuanto hacen eficaz el seguro hasta el valor que tenga el objeto asegurado al momento del siniestro, y con las disposiciones del DFL 251 de 1931 (Ley de Seguros) y el DS 863 de 1989 que dicen relación con el procedimiento de liquidación de los siniestros, considerando que en todo caso, la indemnización no puede exceder del verdadero valor del bien asegurado.
Por otra parte, no debe perderse de vista que este seguro no está regulado por ley, y por lo mismo, no tiene un contenido mínimo obligatorio respecto de sus coberturas, montos y demás modalidades, que pudiera imperar por sobre la convención o las normas legales propias de...
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