CMF - Oficio Ordinario N°30331 de 23/11/2011
Concesionarias puertos información financiera fiscalización SVS
Abstracto
Oficio Ordinario N°30331 de 23/11/2011. La SVS responde consulta sobre información financiera de concesionarias de puertos post Ley N° 20.382. Explica que estas entidades, aunque no participen en el mercado de valores, quedan bajo fiscalización e inscritas en el Registro Especial de Entidades Informantes, debiendo remitir estados financieros anualmente según NCG N° 284.
Resumen
En atención a su consulta y a sus inquietudes en cuanto a la periodicidad y publicidad de la información financiera que envían las concesionarias de puertos públicos, cumplo con señalar a usted lo siguiente: Tras la dictación de la Ley 20.382, en el Registro de Valores se inscriben necesariamente aquellas entidades que participan en el mercado de valores como emisores de valores oferta pública. Ese es el ámbito de competencia natural de esta Superintendencia, de acuerdo a su Ley orgánica contenida en el D.L. N°3.538 de 1981. Las demás entidades que se encontraban inscritas en el citado registro y, por ende. sujetas a la fiscalización de este Servicio por motivos ajenos al mercado de valores, como es el caso de las concesionarias, han quedado igualmente bajo la fiscalización de este Servicio, pero inscritas en el nuevo Registro Especial de Entidades Informantes, creado al efecto. Ahora bien, por expreso mandato de los actuales artículos 7º inciso segundo de la Ley 18.045 y artículo 2º inciso séptimo de la Ley 18.046, esta Superintendencia fijó mediante Norma de Carácter General (la Norma de Carácter General N°284 de 2010, NCG N° 284), los requerimientos de información financiera y la periodicidad con que ésta debía ser remitida. Específicamente en lo que se refiere a presentación ...
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