CMF - Oficio Ordinario N°4744 de 14/02/2012
Quórum juntas accionistas acciones por terceros
Abstracto
Oficio Ordinario N°4744 de 14/02/2012 de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), actual CMF, aborda el cálculo de quórum en juntas de accionistas. Analiza el artículo 179 de la Ley de Valores y el artículo 62 de la Ley 18.046 respecto a acciones mantenidas por terceros. Establece el criterio para la inclusión de dichas acciones en el quórum de asistencia y votación.
Resumen
En relación a la solicitud del antecedente a través de la cual la sociedad Empresa Eléctrica Pilmaiquén S. A., plantea consultas legales, cumplo con informar en el mismo orden en que han sido formuladas:
1.- Se expresa que se han planteado las siguientes dos tesis, ante lo establecido en el artículo 179 de la ley de Mercado de Valores, en relación a las personas que en dicha disposición se indican, que mantengan acciones por cuenta de terceros, a nombre propio, las cuales sólo pueden ejercer el derecho a voto por esas acciones cuando hubiesen sido autorizadas por sus titulares:
- La primera manifiesta que la referida norma solo inhibe a dichas personas de votar por las acciones a cuyo respecto no han recibido instrucciones, pero ello no impide que asistan a las juntas por el total de acciones registradas a su nombre.
- La otra sustenta, que la citada disposición no solo impide votar por las acciones respecto de las cuales no se han recibido instrucciones, sino que tampoco se puede asistir a la junta en representación de ellas. Así, si un agente de valores o corredor de bolsa, registra un número determinado de acciones por cuenta de terceros, y ha recibido instrucciones de voto respecto de una parte de ellas, sólo respecto de éstas podrá asistir a la junta, debiendo abstener...
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