CMF - Oficio Ordinario N°16613 de 10/07/2012
Valores capital social derecho retiro contabilidad
Abstracto
Oficio Ordinario N°16613 de 10/07/2012. La CMF informa a Telefónica Larga Distancia S.A. sobre la correcta contabilización de la disminución de capital social por derecho a retiro de accionistas, según NIC 32 y Ley N°18.046. La cuenta a disminuir es capital pagado por el monto efectivamente pagado.
Resumen
Se mantiene la instrucción impartida en el Oficio ya señalado, en el sentido de reflejar en el capital social una disminución equivalente a la suma total pagada a los accionistas disidentes con ocasión del ejercicio de su derecho a retiro. Lo anterior, por cuanto:
1- En el párrafo 33 de la NIC 32 de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS), se establece que las entidades que adquieran sus instrumentos de patrimonio propios, el monto pagado por las "acciones propias en cartera" se deducirá del patrimonio. Es decir, en este caso se indica claramente que se trata del valor pagado por las acciones.
2- Por su parte, en el artículo 27 de la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas, se señala que las acciones adquiridas de propia emisión, originadas del derecho a retiro, deberán enajenarse en una bolsa de valores dentro del plazo máximo de un año a contar de su adquisición y si así no se hiciere, el capital quedará disminuido de pleno derecho.
3- Como consecuencia a lo anterior, es decir, de la interpretación de la norma contable y de la norma legal, este Servicio concluye que la cuenta a disminuir debe comprender a la de capital pagado y rebajarse por lo efectivamente pagado por concepto de derecho a retiro....
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.