CMF - Oficio Ordinario N°18739 de 03/08/2012
Seguros denuncia siniestro fuera plazo
Abstracto
Oficio Ordinario N°18739 de 03/08/2012 de la SVS (actual CMF) sobre denuncia fuera de plazo de siniestro en póliza de Incendio. Analiza las circunstancias especiales de un incendio de gran magnitud a la luz del principio de buena fe y la finalidad del aviso de siniestro. Concluye que las circunstancias podrían justificar el retraso.
Resumen
Con relación a su respuesta indicada en el antecedente, en la que se refiere a las razones que justifican su determinación de rechazar el pago de la indemnización reclamada por el asegurado, por estimar que incumplió el artículo 15 de las Condiciones Generales de la Póliza de Incendio, relativo al aviso de siniestro en los plazos previstos en el condicionado, cúmpleme observar lo siguiente:
1.- Si bien no se pretende desconocer las obligaciones que le asisten al asegurado ante la ocurrencia de un siniestro, en la especie existirían fundamentos plausibles que pudieran justificar el incumplimiento que su representada atribuye al asegurado, ello atendido las especiales circunstancias que conforman el siniestro.
2.- En efecto, es pertinente hace notar que la magnitud del siniestro de que se trata, fue tal que alcanzó una connotación de índole nacional, y a través de los medios de comunicación el resto del país pudo seguir la evolución del incendio que afectó la zona del Bio-Bio. Dado ello, la propia autoridad tanto a nivel central como zonal dispone de una serie de medidas tendientes a proteger a las personas, sus enseres, predios, animales, plantaciones, etc. destinando para ello, 6 helicópteros, 2 aviones, 8 brigadas de la Conaf, con 60 efectivos, además de todo el Cuerpo de Bomb...
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