CMF - Oficio Ordinario N°4231 de 07/02/2014

Valores NCG 345 instrumentos extranjeros inclusión

Abstracto

Oficio Ordinario N°4231 de 07/02/2014 sobre interpretación de la NCG N°345 de la SVS. Aclara si el numeral 1) de dicha norma, que exime ciertos valores de la inscripción en el Registro de Valores, incluye instrumentos extranjeros. La SVS confirma que la NCG N°345 abarca tanto instrumentos nacionales como extranjeros.

Resumen

Conforme lo señala la misma NCG N°345, ésta tiene por objeto "eximir del requisito de inscripción del emisor y de los valores por éste emitidos establecido en los literales a) y b) del artículo 5º e inciso primero del artículo 6º de la Ley" a ciertas ofertas públicas, conforme lo dispone el artículo 4º de la Ley 18.045. De lo expuesto se desprende que se trata de eximir "al emisor" y a los valores "que este emisor emita" del requisito de inscripción en el Registro de Valores, sin distinguir si estos son nacionales o extranjeros.

Por su parte, y tal como lo señala en su presentación, en el numeral 1) la norma utiliza las expresiones "instrumentos representativos de capital social, tales como acciones" y "cuotas de vehículos de inversión colectiva, como fondos". Estas expresiones son amplias y se usaron precisamente con el objeto de permitir que la norma abarcara la situación tanto de instrumentos nacionales como extranjeros.

Conforme a lo expuesto, se confirma que la citada NCG N°345, incluye a los instrumentos extranjeros....

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