CMF - Oficio Ordinario N°8314 de 28/03/2014
Seguros créditos límites inversión Institución Financiera
Abstracto
Oficio Ordinario N°8314 de 28/03/2014 de la SVS. Aclara el alcance del concepto 'Institución Financiera' y los límites aplicables a créditos adquiridos a compañías de seguros de créditos, según el DFL N° 3 de 1997 y la NCG 208. Establece que el límite especial para préstamos asegurados aplica solo a deudores asegurados.
Resumen
Sobre el particular informamos lo siguiente:
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No se encuentra en nuestra legislación un concepto o definición precisa de lo que se entiende por "Institución Financiera". Sin embargo, el DFL N° 3 de 1997, que fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos, contiene dos referencias que pueden ser consideradas a estos efectos.
La primera se encuentra entre otros, en el artículo 1º que crea la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. La otra se encuentra en el antiguo Título XIV que se refería a las Sociedades Financieras (artículos 112 a 117) y que las definía como "entidades cuyo único y específico objeto social es actuar como agentes intermediarios de fondos y realizar las operaciones que les autoriza el presente título".
Lo anterior lleva a concluir que nuestra legislación contempló la existencia de "Instituciones Financieras" como entidades sujetas a la fiscalización de la Superintendencia antes indicada con un giro legalmente regulado, como lo indica tanto el nombre de la Superintendencia indicada, como la regulación para las sociedades financieras.
Así también puede verse por ejemplo que en la "RECOPILACION DE INSTRUCCIONES TOMO L" correspondiente al año 2008 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Fin...
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