CMF - Oficio Ordinario N°16668 de 20/06/2014

Validez póliza seguro formato electrónico y papel

Abstracto

Oficio Ordinario N°16668 de 20/06/2014. La CMF informa sobre la validez legal de pólizas de seguro en formato PDF y papel, aplicando el Código de Comercio y la NCG N° 171. Se establece que el contrato es consensual y se puede acreditar por diversos medios escritos, incluyendo electrónicos.

Resumen

Sobre el particular, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 515 del Código de Comercio, el contrato de seguro es consensual. La existencia y estipulaciones del contrato se pueden acreditar por todos los medios de prueba que contemplen las leyes, siempre que exista un principio de prueba por escrito que emane de cualquier documento que conste en telex, fax, mensajes de correos electronicos y, en general, cualquier sistema de transmisión y registro digital o eletronico de la palabra escrita o verbal.

Sin perjuicio de lo anterior, no se admitirá al asegurador prueba alguna en contra del tenor de la póliza que haya emitido luego de la perfección del contrato.

Respecto a los seguros contratados a distancia, la letra v) del artículo 513 del Código de Comercio lo define como aquél que se ha convenido entre las partes mediante cualquier sistema de transmisión y registro digital o electrónico de la palabra escrita o verbal. La Norma de Caracter General N° 171 de este Servicio, cuya copia adjunto, regula las exigencias mínimas de seguridad y condiciones necesarias para el comercio e intermediación de seguros por medios electrónicos....

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