CMF - Oficio Ordinario N°22427 de 21/08/2014
Seguro vehículos término póliza cómputo plazos
Abstracto
Oficio Ordinario N°22427 de 21/08/2014 de la SVS/CMF sobre seguro de vehículos. Analiza el cómputo de plazos para el término de la póliza por no pago de primas. Concluye que el contrato estuvo vigente al momento del siniestro, basándose en el artículo 49 del Código Civil, instruyendo a la aseguradora a revisar el caso.
Resumen
En este sentido, esa compañía informó que el respectivo aviso de resolución fue despachado a la asegurada el día 12.05.2014. No obstante lo anterior, considerando que el artículo 26 del condicionado aplicable concede a la reclamante un plazo de 15 días para regularizar su situación, que hasta entonces dispone de cobertura, que el lapso en cuestión vencía al término del día 27.05.2014 y que durante ése día se verificó el sinestro, no se observa cuál es la consideración contractual que asistió a su representada para perseverar en su decisión de no acoger a tramitación el siniestro que le fue denunciado. En efecto, de conformidad a la norma general de cómputo de plazos contenida en el artículo 49 del Código Civil, el que dispuso expresamente que "Cuando se dice que un acto debe ejecutarse en o dentro de cierto plazo, se entenderá que vale si se ejecuta antes de la medianoche en que termina el último día del plazo; y cuando se exige que haya transcurrido un espacio de tiempo para que nazcan o expiren ciertos derechos, se entenderá que estos derechos no nacen o expiran sino después de la medianoche en que termine el último día de dicho espacio de tiempo", en este caso no cabe sino concluir que el contrato de seguro que esa compañía resolvió estuvo vigente hasta las 23.59 hrs. del día ...
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