CMF - Oficio Ordinario N°31232 de 28/11/2014

Seguros carencia vigencia oferta telefónica

Abstracto

Oficio Ordinario N°31232 de 28/11/2014. Materia: Seguros. Aborda reclamo sobre carencia en seguro contratado telefónicamente. Analiza ambigüedad en oferta y primacía de interpretación más ventajosa para el asegurado. Establece criterio sobre vigencia inmediata vs. período de carencia.

Resumen

Con todo, en relación a la oferta del seguro, efectuada por medio de contacto telefónico, y a la causal de rechazo por carencia, cabe observar lo siguiente:

  • El reclamante objetó los términos de la oferta de seguros, que califica de poco clara. En este sentido, el Señor adjunta una transcripción de la grabación telefónica, la que da cuenta de información inexacta o confusa sobre las condiciones de la póliza, particularmente respecto de la fecha de inicio de las coberturas; ello dado que insistentemente el ejecutivo le informó que el servicio se activaría inmediatamente, otorgándose a partir de ese mismo momento las coberturas del seguro.
  • De la grabación adjunta consta efectivamente que se enfatizó la "activación inmediata del producto", como una garantía o condición especial y ventajosa de la póliza que era ofrecida.
  • La activación automática con cobertura, según se indica en la grabación de oferta, es contradictoria con el establecimiento de carencia, atendida además la inexistencia de Declaración Personal de Salud.
  • Por otra parte, es menester considerar que la condición de carencia de 120 días no resulta concordante con la condición relativa a la vigencia de la póliza que establece: Para aquellos asegurados que cumplan las Condiciones de Asegurabilidad y una...

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