CMF - Oficio Ordinario N°2252 de 30/01/2015

Seguro Vehículos Renovación Automática Alza Prima

Abstracto

Oficio Ordinario N°2252 de 30/01/2015 sobre seguro de vehículos motorizados. Analiza caso de renovación automática con alza de prima. Se basa en arts. 514, 518 y 542 Código de Comercio. Establece que alza de prima requiere consentimiento expreso del asegurado.

Resumen

Sobre el particular cabe hacer presente las siguientes observaciones:

1.- Al respecto, es posible constatar que su cliente consintió en la celebración de un contrato de seguro, el cual contempla sus elementos esenciales, de esta forma su cliente no sólo ha consentido en dicha contratación, sino que también en las condiciones informadas durante la comercialización del mismo, cuya prima correspondía a UF12,71 anuales. De esta forma el contrato original se mantiene vigente, en la medida que las condiciones esenciales en él contenidas continúen inalterables.

  1. La modificación de un elemento de la esencia del contrato de seguro, como es la prima y su determinación, implica la vigencia de un nuevo contrato, más aun considerando el aumento de ésta. Lo anterior considerando asimismo la fecha de inicio de estos nuevos términos contractuales, lo que implica en la práctica la existencia de un nuevo contrato, el cual debe necesariamente obedecer a las exigencias de la Ley N° 20.667, que Regula el Contrato de Seguro.

3.- En este orden de ideas, el nuevo Código de Comercio se refiere a la prima, exigiendo que en la propuesta el asegurador entregue al tomador toda la información relativa al contenido del contrato que se celebrará. Entre las informaciones obligatorias contempla "la prima o m...

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