CMF - Oficio Ordinario N°12215 de 11/06/2015
Seguro robo aviso siniestro prescripción caducidad
Abstracto
Oficio Ordinario N°12215 de 11/06/2015. Dictamen de la SVS (ahora CMF) sobre seguro de robo de celular. Se aborda el rechazo de siniestro por aviso tardío y la prescripción de acciones. Se establece que el plazo de aviso de 24 horas es caducidad nula y se ordena indemnizar excepcionalmente.
Resumen
Sobre el particular, teniendo presente los antecedentes recabados con motivo de la reclamación, esta Superintendencia mediante Oficio N° de fecha 04 de junio de 2015, requirió informe a la entidad reclamada en los términos que se indica a continuación.
En el análisis del caso es preciso considerar que en circunstancias que se dio aviso al día siguiente de los hechos a Carabineros de Chile, no se aprecia de los antecedentes recabados, de qué manera el incumplimiento del plazo en cuestión pudiere haber irrogado a la compañía algún perjuicio en su posición, ya sea generando objetivamente un agravamiento de los riesgos cuyo aseguramiento ha asumido, haber comprometido derechos que deriven en su pérdida, o en general alterar o influir en el ejercicio de derechos, facultades o prerrogativas que no haya podido hacer valer el asegurador, lo que en definitiva de haber ocurrido podría afectar su situación contractual y justificar el no pago de la indemnización reclamada.
Los contratos deben ejecutarse de buena fe, entendiéndose que obligan no sólo a lo que en ellos se expresa sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación. En este sentido, parece prudente suponer que a la compañía y al contratante le interesa que la póliza cubra el evento de robo, acredi...
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