CMF - Oficio Ordinario N°16268 de 31/07/2015
Validez publicaciones diarios electrónicos Ley 19.733
Abstracto
Oficio Ordinario N°16268 de 31/07/2015. La SVS informa que carece de atribuciones para certificar diarios electrónicos como de amplia circulación. Sin embargo, no existe impedimento legal para realizar publicaciones por mandato legal o reglamentario en diarios electrónicos constituidos conforme a la ley y que permitan consultar publicaciones anteriores, según Ley N° 19.733.
Resumen
En atención a sus presentaciones del Antecedente, mediante las cuales solicita a este Servicio pronunciarse respecto de la validez de los medios que indica como diarios de circulación nacional con domicilio en la ciudad de Talca y que, en consecuencia, es plenamente aceptado que publicaciones que por mandato legal o reglamentario, provenientes o relacionadas directamente con esta Superintendencia que deban realizarse en diarios con esas características, puedan ser también publicadas en dichos medios electrónicos, cumplo con señalar a usted lo siguiente:
Primeramente, estimamos pertinente hacerle presente que esta Superintendencia carece de atribuciones para certificar que un medio electrónico cumple con las características suficientes para ser considerado como un diario de amplia circulación nacional y que sea válido efectuar en él las publicaciones que deban realizarse por mandanto legal o reglamentario, como ha sostenido este Servicio mediante Oficio N° 11.298 de 2015.
Sin perjuicio de lo anterior, como asimismo sostuvo este Servicio en el Oficio antes individualizado, no se observa un impedimento legal o normativo para realizar las publicaciones ordenadas por disposiciones legales o reglamentarias a través de diarios electrónicos, en cuanto ellos se encuentren constituidos d...
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