CMF - Oficio Ordinario N°17181 de 12/08/2015
Emisoras tarjetas crédito no institución financiera DFL 251
Abstracto
Oficio Ordinario N°17181 de 12/08/2015 sobre si emisoras de tarjetas de crédito son 'institución financiera' bajo DFL 251 y NCG 208. La SVS dictamina que no, por falta de giro y definición legal, salvo para préstamos que cumplan requisitos específicos de inversión efectiva y provisiones.
Resumen
Sobre el particular, cumplo con informar que el concepto de "Institución Financiera", para efectos del número 1 del artículo 21 del DFL N° 251 hace referencia a entidades sujetas a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, con un giro legalmente regulado.
Las emisoras de tarjetas de crédito son sujetas a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, siempre que dichos sistemas importen que el emisor u operador contraiga habitualmente obligaciones de dinero para con el público o ciertos sectores o grupos específicos de él. Sin embargo la Ley de Bancos no contiene más regulaciones sobre estas entidades, que definan un giro legal y la naturaleza de sus operaciones.
Dado lo anterior, en la medida que los emisores de tarjetas de crédito no tienen un giro legalmente regulado ni una definición legal de las operaciones que pueden desarrollar, no podrían considerarse "Instituciones Financieras", particularmente si se atiene a que no todos los emisores son fiscalizados, sino aquellos que contraigan "habitualmente obligaciones de dinero para con el público o ciertos sectores o grupos específicos de él".
No obstante lo anterior, los préstamos de estas entidades, en la medida que cumplan las condiciones para ser consider...
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