CMF - Oficio Ordinario N°17728 de 18/08/2015
Seguro Vida Devolución Primas Reales Interpretación
Abstracto
Oficio Ordinario N°17728 de 18/08/2015 sobre seguro de vida con devolución. Analiza la interpretación del concepto "primas reales" en el marco del DFL 251 y la NCG 124. Establece que debe prevalecer la interpretación más favorable al asegurado, considerando el valor en UF.
Resumen
Al respecto, cúmpleme informar que, requerida por esta Superintendencia, la sociedad corredora informó, mediante carta que en copia se adjunta, que la devolución de la prima efectuada en cumplimiento al beneficio contemplado en el seguro, se ajusta a las condiciones del mismo, las cuales establecen el derecho del asegurado a "... recibir un monto en dinero correspondiente a un porcentaje de las primas reales pagadas durante la vigencia del seguro ...". Agrega que, en consideración a lo anterior, en opinión de esa corredora, en el presente caso no procedería la devolución de las primas actualizadas o reajustadas según el monto de la unidad de fomento a la fecha de pago, por cuanto las condiciones del seguro contemplarían la devolución de un porcentaje de "... lo que efectivamente se pagó ...".
Atendido lo expuesto, esta Superintendencia hizo presente a la aseguradora que la disposición contractual que contempla el beneficio de devolución de la prima utiliza la expresión "primas reales", concepto que no se encuentra reconocido en la legislación que regula el mercado de seguros ni definido en las condiciones del seguro en cuestión. De esta forma, la interpretación de la expresión "primas reales" como "lo que efectivamente se pagó" corresponde a una definición efectuada en forma uni...
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