CMF - Oficio Ordinario N°23952 de 30/10/2015

Valores emisión títulos deuda mutualidades

Abstracto

Oficio Ordinario N°23952 de 30/10/2015 de la SVS. Responde consulta sobre emisión de títulos de deuda por Corporaciones de Seguridad o Mutualidades. Indica falta de atribuciones sobre estas entidades, pero señala que para oferta pública de títulos de deuda rige la Ley 18.045 y NCG N°30, salvo excepciones.

Resumen

Este Servicio carece de atribuciones legales para pronunciarse respecto de las disposiciones legales específicas que rigen a las "Corporaciones de Seguridad de Trabajadores o Mutualidades". Sin perjuicio de lo anterior, en caso que conforme a dichas normas tales entidades puedan emitir títulos de deuda, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 18.045 de Mercado de Valores, para que una persona o entidad pueda realizar una oferta pública de títulos de deuda tanto el emisor de esos títulos como estos últimos deben inscribirse en el Registro de Valores que lleva esta Superintendencia, previo cumplimiento de los requisitos establecidos al efecto en la citada ley y en la Norma de Carácter General N° 30 de 1989; salvo que dicha oferta se enmarque dentro de las excepciones contenidas en las Normas de Carácter General N°336 o N°345, en cuyo caso deben cumplirse estas últimas disposiciones.

De este modo, cumpliéndose lo anterior, tales entidades podrán emitir títulos de deuda. Todo lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en leyes u otras disposiciones especiales que regulen a las mencionadas corporaciones o mutualidades....

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