CMF - Oficio Ordinario N°24206 de 03/11/2015
Valores utilidades netas D.L. N°1.263 indemnizaciones
Abstracto
Oficio N°24206 de 03/11/2015. La SVS informa sobre el concepto de "utilidades netas" del D.L. N°1.263 en relación a indemnizaciones de seguros. Ni la Ley N°18.046 ni las instrucciones de la SVS definen "utilidades netas". Se refiere a "utilidad (pérdida)" como diferencia entre ingresos y egresos.
Resumen
En relación con la solicitud formulada por los Oficios del Antecedente, mediante la cual esa Contraloría requiere a este Organismo informar acerca de lo expuesto en la presentación realizada por el Presidente del Directorio de Empresa Portuaria Talcahuano San Vicente que adjunta, en especial, informar sobre el sentido y alcance del concepto de "utilidades netas" contenida en el artículo 29 del Decreto Ley N°1.263, Orgánico de la Administración Financiera del Estado, y si dentro de aquel se comprenden las indemnizaciones pagadas por las compañías de aseguradoras a que alude el interesado en su presentación, cumplo con señalar a usted lo siguiente:
Empresa Portuaria Talcahuano San Vicente señala que el Ministerio de Hacienda, en uso de la facultad contenida en el artículo 29 del D.L. N°1.263, a través de decreto, ha determinado que dicha Empresa del Estado, perteneciente al Sistema de Empresas Públicas (SEP) debe transferir a rentas generales de la Nación un monto de $4.000 millones provenientes de sus Utilidades Acumuladas, el que incluye los montos del seguro destinado a cubrir, en gran parte, la destrucción de sus estructuras e instalaciones portuarias ocurridas el 27 de febrero de 2010.
El inciso 1º del artículo 29 del Decreto Ley N°1.263, Orgánico de la Administración Financ...
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