CMF - Oficio Ordinario N°28786 de 29/12/2015
Sociedad Anónima Deportiva Memoria Anual Directorio Vigente
Abstracto
Oficio Ordinario N°28786 de 29/12/2015. Materia: Solicitud de prórroga para subsanar observaciones a memoria anual. Normativa: NCG 201, Ley N°18.046, Ley N°20.019. La SVS no acepta la prórroga indicando que la memoria debe ser firmada por los directores en ejercicio. Alcance: Particular a DEPORTES UNION LA CALERA S.A.D.P.
Resumen
En atención a su presentación del Antecedente, mediante la cual solicita a esta Superintendencia una prórroga para emitir su respuesta a lo requerido mediante Oficio Ordinario N°26.469 de 30 de noviembre de 2015, cumplo con manifestar a usted lo siguiente:
Como consta de su presentación de fecha 15 de diciembre de 2015, esa entidad solicitó una prórroga del plazo establecido mediante Oficio N°26.469 de 2015 para subsanar las observaciones formuladas por este Servicio a la memoria correspondiente al año 2014, señalando que: "[...] Los directores que deben evacuar y suscribir esa información corresponden a la administración anterior y no se encuentran en su totalidad en Chile.".
Al respecto, cabe considerar que el segundo párrafo del punto A.1 de la letra A, Sección 2 de la Norma Carácter General N°201 de 2006 dictada por este Servicio indica: "A esta Superintendencia deberán enviarse tres ejemplares de la memoria anual, firmados por los respectivos directores [...]" y, por otro lado, dicha norma establece en relación con la declaración de responsabilidad que debe acompañar la memoria anual remitida por las organizaciones deportivas profesionales, en su letra i) del punto A.2 de la letra A, Sección 2 que: "En dicha declaración se deberá registrar el nombre de todos los directores...
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