CMF - Oficio Ordinario N°3755 de 10/02/2016

Seguros corredor responsabilidades intermediación D.S. 1055

Abstracto

El Oficio Ordinario N°3755 de 10/02/2016 de la SVS (antecesora de la CMF) informa que la normativa vigente no exime a un corredor de seguros de sus responsabilidades, incluso si su rol se formalizó posterior a la suscripción de una póliza, según el D.S. N°1.055.

Resumen

Sobre el particular, cumplo en señalar que la normativa actualmente vigente, no contempla disposición alguna que libere de sus responsabilidades a un corredor de seguros por las obligaciones que asume con un asegurable, derivadas de sus actividades de intermediación. Es más, las obligaciones que pesan sobre los corredores, nacen incluso antes de la suscripción de la póliza, puesto que, previo a ello, debe asesorar a la persona que desea celebrar un contrato de seguro, ofreciéndole las coberturas más convenientes a sus necesidades e intereses....

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