CMF - Oficio Ordinario N°10424 de 27/04/2016

Valores acreditación intermediación falta facultades certificar

Abstracto

Oficio Ordinario N°10424 de 27/04/2016 de la SVS (actual CMF) informa que carece de facultades para otorgar certificados de acreditación para intermediación de valores solicitados. Cumple con la Ley de Transparencia (Ley 20.285, Art. 14). Refiere a la NCG N°295 (2010) sobre requisitos de acreditación.

Resumen

Sin perjuicio que su solicitud no tiene por objeto solicitar a este Servicio información pública conforme lo establecido por el artículo 12 de la Ley de ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado aprobada por el artículo primero de la Ley N°20.285 sobre acceso a la información pública, se informa:

En atención a lo dispuesto por los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República y las facultades otorgadas a esta Superintendencia por el Decreto Ley N°3.538 de 1980 que, en la letra g) de su artículo 14 en relación con las certificaciones que este Servicio se encuentra facultado para otorgar, se refiere expresamente a "[...] las inscripciones o aprobaciones que otorgue la Superintendencia y que consten en los registros públicos que las leyes le ordenan llevar", se informa que esta Superintendencia carece de facultades para certificar lo solicitado, en atención a que su presentación no se refiere a alguno de los registros públicos que la ley le ordena llevar.

No obstante lo anterior, se hace presente que este Servicio ha establecido la forma, periodicidad y exigencias que deben cumplirse para efectos de la acreditación de conocimientos de intermediación de valores a través de la Norma de Carácter General N°2...

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