CMF - Oficio Ordinario N°7959 de 04/04/2016
Corredora bolsa transferencia saldos efectivo clientes
Abstracto
Oficio Ordinario N°7959 de 04/04/2016. Dictamen de la SVS (antecesora de la CMF) sobre Mercado de Valores. Aborda la consulta de una corredora de bolsa respecto a la transferencia de saldos en efectivo no entregados a sus titulares a otra corredora. Concluye que no hay inconveniente legal para dicha transferencia.
Resumen
En atención a su presentación del antecedente, mediante la cual requiere a este Servicio un pronunciamiento relativo a la posibilidad que la corredora envíe a Negocios y Valores S.A. Corredores de Bolsa (NEVASA), los saldos en efectivo indicados en el anexo que se remite, que no han podido ser entregados a sus titulares por los motivos que se indican en cada caso, los cuales serían entregados en custodia para su posterior retiro, cuando sean solicitados, cumplo con señalar lo siguiente:
En consideración a lo dispuesto en el artículo 2286 y siguientes del Código Civil, esta Superintendencia no ve inconvenientes en que esa corredora -que ha manifestado su intención de poner término a su actividad como tal- transfiera, a otra corredora, los saldos en efectivo individualizados en el anexo remitido.
Cabe hacer presente que, considerando los intereses de los clientes, es necesario que esa corredora, al término de la gestión del traspaso de los dineros, remita una carta a este Servicio, que incluya a lo menos la siguiente información: nombre y RUT y el monto traspasado.
PVC/MVV/CSC (WF 557070)...
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