CMF - Oficio Ordinario N°8885 de 11/04/2016
Valores administradoras carteras modificación estatutos garantía
Abstracto
Oficio Ordinario N°8885 de 11/04/2016. Materia: Formula observaciones a solicitud de inscripción en Registro de Administradoras de Carteras. Normativa clave: NCG N° 363, D.S. Hacienda N° 702 de 2011, Ley N° 20.712. Establece requisitos de información, efectos de modificación estatutaria y vigencia de garantía.
Resumen
Se ha recibido su presentación de 6 de enero de 2016, por medio de la cual responde el oficio ordinario N° 20024 de 15 de septiembre de 2015. Al respecto, se informa:
- De acuerdo a lo señalado en su presentación, los señores
y
poseen un 10,36% de la propiedad de esa sociedad. En razón de lo anterior, la sociedad deberá remitir los antecedentes conforme a lo dispuesto en la letra B.3 y C.3 de la sección III de la N.C.G. N° 363 de 2014.
-
En la junta extraordinaria de accionistas celebrada el día 24 de noviembre de 2015 se acordó que "todos los acuerdos anteriores podrán ser llevados a efecto de inmediato por el sólo hecho de firmarse esta acta por los asistentes (...)". Al respecto, se hace presente que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º del D.S. de Hacienda N° 702 de 2011, Reglamento de Sociedades Anónimas, la modificación de los estatutos producirá efecto a la fecha de la reducción a escritura pública del acta de la junta, siempre y cuando el extracto de dicha reducción a escritura pública sea oportunamente inscrito y publicado.
-
La garantía contemplada en los artículos 98 y 99 de la Ley que regula la Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.712, deberá estar vigente a la fecha de respues...
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