CMF - Oficio Ordinario N°11187 de 06/05/2016
Seguros preexistencia declaración asegurado aceptación riesgo
Abstracto
Oficio Ordinario N°11187 de 06/05/2016. Materia seguros. Aplicación de la Norma de Carácter General N° 349. Dictamen instruye a aseguradora reevaluar rechazo de siniestro por preexistencia no acreditando incumplimiento normativo y habiendo aceptado el riesgo inicialmente.
Resumen
Sin embargo lo señalado, analizados los antecedentes acompañados por el reclamante a su presentación, se observa que en la respectiva propuesta de seguros, el asegurado declaró la enfermedad cuya preexistencia funda el rechazo, aceptándose el aseguramiento mediante un formulario en que su representada declara:
"Teniendo en consideración la declaración de salud efectuada en la propuesta de SEGURO CATASTRÓFICO DE SALUD y toda vez que en dicho documento Ud. no declaró ninguna enfermedad o situación preexistente que importe una limitación o restricción de cobertura, con esta fecha la Compañía Aseguradora asume los riesgos en los términos y condiciones propuestas." (Lo subrayado es nuestro)
Adicionalmente, cabe hacer presente que el inciso 4º del Acápite 2 de la Norma de Carácter General N° 349, de 2013, dispone: "Si las condiciones generales de la póliza contemplan exclusiones por preexistencia, deberá dejarse constancia en las condiciones particulares de aquellas enfermedades, dolencias o situaciones de salud preexistentes declaradas por el contratante o asegurado, que no serán cubiertas o, por el contrario, las condiciones en que ellas serán cubiertas. La regla anterior será aplicable también a las declaraciones de actividades o deportes riesgosos."
En consecuencia, considerando...
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