CMF - Oficio Ordinario N°16070 de 01/07/2016
Sociedad Anónima estatutos remuneración directores interpretación
Abstracto
Oficio Ordinario N°16070 de 01/07/2016 de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS). Aborda observaciones sobre modificaciones estatutarias de Terminal Puerto Coquimbo S.A., relativas a remuneración de directores e incompatibilidades del gerente, aplicando la Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas. Se instruye corregir inconsistencias con la normativa legal.
Resumen
Se ha recibido en esta Superintendencia sus presentaciones del antecedente, las que han merecido las siguientes observaciones:
I. Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 05 de abril de 2016.
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La modificación al artículo octavo de los estatutos sociales, no da cumplimiento a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 33 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas ("LSA"), que dispone "Los estatutos deberán determinar si los directores serán o no remunerados por sus funciones y en caso de serlo, la cuantía de las remuneraciones será fijada anualmente por la junta ordinaria de accionistas." (el destacado es nuestro), desde el momento que dicha modificación introduce la frase condicional "Los directores podrán ser remunerados..." (el destacado es nuestro), lo que no se ajusta al texto legal antes citado.
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Acompañó copia simple del acta de Junta Extraordinaria de Accionistas sin el debido certificado del gerente o quien haga sus veces y fuera del plazo de 10 días hábiles siguientes a su celebración, en conformidad al numeral 2.4.2 del número 2 de la Norma de Carácter General N° 364 de 2014, regulación que hace referencia a la Sección II de la Norma de Carácter General N° 30 ("NCG N° 30"), en especial la letra a) del numeral 2.3 del número 2, ítem I de...
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