CMF - Oficio Ordinario N°21064 de 29/08/2016

Valores Fusión Emisores Oferta Pública Requisitos

Abstracto

Oficio Ordinario N°21064 de 29/08/2016. La SVS instruye sobre antecedentes y requisitos para fusiones de emisores de valores de oferta pública, según NCG N° 30 y RSA. Precisa que unanimidad de accionistas no exime de remitir antecedentes y que estados financieros no pueden tener más de 90 días de antigüedad. También se refiere a la independencia del perito y al derecho a retiro.

Resumen

Se ha recibido su presentación del número 2) del Antecedente ("Respuesta al Oficio"), mediante la cual da respuesta a las observaciones contenidas en el Oficio Ordinario N° 17946 de 22.07.2016 ("Oficio"). Al respecto, cumplo con señalar lo siguiente:

  1. En relación a lo indicado en el punto 1. de la Respuesta al Oficio, que el hecho que la aprobación de la fusión por la unanimidad de los accionistas, implique que no sea obligatorio poner a disposición de los mismos, en una fecha no posterior a la del primer aviso de citación, los antecedentes indicados en el artículo 155 del Decreto Supremo de Hacienda N° 702 de 2011, Nuevo Reglamento de Sociedades Anónimas ("RSA"), no obsta a la obligación de remitir a este Servicio los antecedentes indicados el punto 3, título II, Sección II de la Norma de Carácter General N° 30 de 1989 ("NCG N° 30"), con la anticipación exigida en dicho apartado. Este requerimiento adicional, destinado específicamente a los emisores de valores de oferta pública, se efectúa en el marco de las atribuciones que la letra a) del artículo 4º del Decreto Ley N° 3.538 de 1980 ("DL N° 3.538"), Ley Orgánica de esta Superintendencia, le otorga a la misma.

  2. En concordancia con lo anterior, y en relación a lo indicado en el punto 2. de la Respuesta al Oficio, que la ob...

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