CMF - Oficio Ordinario N°22687 de 12/09/2016
Valores intermediarios nuevos contratos NCG 380
Abstracto
Oficio Ordinario N°22687 de 12/09/2016. La SVS responde sobre la vigencia de la NCG N°380 relativa a contratos de clientes de intermediarios de valores. Señala que, cumplido el plazo transitorio de 18 meses, no se podrán realizar nuevas operaciones sin contratos que incorporen las materias exigidas.
Resumen
De conformidad a lo señalado en la Disposición Transitoria contenida en la Sección VII de la NCG N°380, transcurrido el plazo de 18 meses desde la dictación de la norma, los intermediarios de valores no podrán efectuar nuevas operaciones con sus clientes, mientras no se modifiquen o suscriban contratos que cuenten con las materias a las que se refiere el numeral 1 de la Sección II de dicha norma....
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