CMF - Oficio Ordinario N°22389 de 16/08/2017
Licitación seguro desgravamen remisión SBIF
Abstracto
Oficio Ordinario N°22389 de 16/08/2017 remite a la SBIF solicitud sobre licitación de seguro colectivo de desgravamen. La SVS se abstiene de pronunciarse, argumentando que la fiscalización e interpretación normativa de la entidad bancaria licitante compete a la SBIF según DFL N°3 de 1997 y Ley N° 19.880.
Resumen
Sobre el particular, cumplo con informarle que siendo un banco la entidad crediticia licitante aludida en su presentación, de acuerdo a los artículos 2 y 12 del D.F.L. N° 3 de 1997, Ley General de Bancos, compete su fiscalización a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y corresponde al Superintendente de ésta velar porque dicha institución fiscalizada cumpla con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que la rija y ejercer la más amplia fiscalización sobre todas sus operaciones y negocios. La facultad de fiscalizar comprende también las de aplicar o interpretar las leyes, reglamentos y demás normas que rijan al citado banco.
En razón de lo expuesto, en virtud del artículo 14 de la Ley N° 19.880, cumplo con informar que mediante Oficio Ordinario N° 21.423 de 8 de agosto de 2017, esta Superintendencia ha remitido a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras los antecedentes que obraban en nuestro poder de la Licitación de desgravamen de Banco BCI, para su información y fines que se estimasen pertinente. Por lo mismo, no corresponde a este Servicio pronunciarse sobre materias que atañen a la fiscalización que empecen a la citada superintendencia.
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