CMF - Oficio Ordinario N°27562 de 13/10/2017
OPA destino precio adquisición acciones
Abstracto
Oficio Ordinario N°27562 de 13/10/2017. La SVS informa que no hay inconveniente en que, en una OPA sobre acciones de Enel Generación, los accionistas aceptantes destinen parte del precio a adquirir acciones de Enel Chile, siempre que se cumplan los requisitos de la Ley de Mercado de Valores y la NCG N°104, resguardando la transparencia.
Resumen
Antes de entrar en el análisis de su presentación, cabe hacer presente que, en razón que los hechos del caso han sido de público conocimiento y atendida la fe pública y el interés de los inversionistas comprometido en este caso, resulta justificado, conforme lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 23 del D.L. N° 3.538 de 1980, que se levante la reserva de su presentación del antecedente.
En su presentación, solicita la confirmación de este Servicio respecto a que, de acuerdo a las disposiciones del Título XXV de la Ley 18.045 y la Norma de Carácter General N° 104, Enel Chile no se encuentra impedido para incluir, entre los términos y condiciones de la OPA, una condición objetiva para el éxito de esta consistente en que la totalidad de los accionistas que acepten vender sus acciones en dicha OPA destinen una parte del precio que reciban a adquirir acciones de primera emisión de Enel Chile, pudiendo este última retener parte de dicho precio.
Sobre el particular, y solo en lo pertinente a la consulta específica contenida en su presentación, este Servicio no ve inconveniente en que el procedimiento de la OPA sobre Enel Generación contemple que los accionistas que acepten vender sus acciones en tal OPA destinen una parte del precio que reciban a adquirir acciones de primera e...
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