CMF - Oficio Ordinario N°31134 de 23/11/2017
Metales preciosos no son valores SVS
Abstracto
Oficio Ordinario N°31134 de 23/11/2017 sobre importación y venta de metales preciosos por empresa Aureus. La SVS (hoy CMF) determina que esta actividad no se encuentra bajo su fiscalización según DL N°3.538 y Ley N°18.045, ya que los metales preciosos no califican como 'valor'. La SVS carece de facultades para fiscalizar esta materia.
Resumen
De acuerdo a lo indicado por Ud. y en el sitio web www.aureus.cl, dicha empresa se dedica a la importación, venta y distribución de metales preciosos, actividad que no se encuentra comprendida dentro de aquellas fiscalizadas por este Servicio, de conformidad a lo indicado en el artículo 3º del Decreto Ley N°3.538 de 1980, Ley Orgánica del mismo. En efecto, a mayor abundamiento, cabe señalar que los metales preciosos no se encuentran comprendidos en el concepto de "valor" establecido en el artículo 3º de la Ley N°18.045 del mercado de valores, de acuerdo al cual "...se entenderá por valores cualesquiera títulos transferibles incluyendo acciones, opciones a la compra y venta de acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, planes de ahorro, efectos de comercio y, en general, todo título de crédito o inversión."
En virtud de lo previamente expuesto, esta Superintendencia le informa que carece de facultades para llevar a cabo las actividades de fiscalización cuyo ejercicio solicita en su presentación....
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