CMF - Oficio Ordinario N°2818 de 13/02/2018
Valores Directorio Designación Director Reemplazante Vacancia
Abstracto
Oficio Ordinario N°2818 de 13/02/2018 aborda la designación de director reemplazante en Terminal Puerto Arica S.A. Bajo la Ley 18.046, la CMF establece que solo procede nombrar un reemplazante si hay vacancia de director titular y suplente, no solo del suplente. Se instruye a la sociedad a adoptar medidas para evitar futuras situaciones similares.
Resumen
Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. que respecto de la designación de un director reemplazante, que el artículo 32 de la Ley 18.046, establece "si se produjere la vacancia de un director titular y la de su suplente, en su caso, deberá procederse a la renovación total del directorio en la próxima junta ordinaria de accionistas que debe celebrar la sociedad, y en el intertanto, el directorio podrá nombrar a un reemplazante".
Del hecho esencial informado, se desprende que sólo se ha producido la vacancia de un director suplente, lo cual no constituye causal suficiente para el nombramiento de un director reemplazante de conformidad al artículo citado.
En consecuencia, junto con representar lo anterior, este Servicio le instruye en orden a adoptar las medidas pertinentes a objeto que situaciones como las descritas no se repitan en el futuro....
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