CMF - Oficio Ordinario N°4618 de 01/03/2018
Valores IFRS consolidación estados financieros
Abstracto
Oficio Ordinario N°4618 de 01/03/2018. Responde consulta sobre la obligación de presentar Estados Financieros consolidados. Señala que la fuente es IFRS para entidades inscritas en el Registro de Valores según NCG N° 30 y Ley N° 18.046, consistentes con IFRS 10.
Resumen
En relación a su consulta del antecedente, este Servicio cumple con informar lo siguiente:
Sobre esta materia, cabe hacer presente que la obligación de presentar Estados Financieros consolidados tiene actualmente como fuente las Normas Internacional de Información Financiera, también conocidas como IFRS, que son aplicables a las entidades inscritas en el Registro de Valores, en atención a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N° 30 y otras circulares y oficios circulares de adopción de IFRS para tales entidades, dictadas por esta Superintendencia en ejercicio de la facultad contemplada en la letra e) del artículo 4°del D.L. N° 3.538 de 1980, de fijar las normas para confección y presentación de estados financieros de los sujetos fiscalizados y determinar los principios conforme a los cuales deberán llevar su contabilidad.
Concretamente en materia de consolidación, de conformidad al N° 4 de IFRS 10 sobre Estados Financieros Consolidados, una entidad que es controladora presentará estados financieros consolidados. Para determinar cuándo una entidad es controladora de otra para estos efectos, debe considerarse lo dispuesto en el N° 6 de IFRS 10, que dispone que un inversor controla una participada cuando está expuesto, o tiene derecho, a rendimientos variables procedentes d...
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