CMF - Oficio Ordinario N°21811 de 20/08/2018
CMF carece competencia juicios ejecutivos
Abstracto
Oficio Ordinario N°21811 de 20/08/2018. Materia: Responde solicitud. Sobre juicio ejecutivo y notificación a heredera de accionista. La CMF carece de competencia para pronunciarse sobre procedimientos judiciales ante tribunales ordinarios, conforme al D.L. N°3.538 y la CPR.
Resumen
Se ha recibido su presentación del Antecedente, mediante la que solicitó a este Servicio le señalara cómo proceder en el marco de un juicio ejecutivo en el cual se demandó, en calidad de aval, a don [INFORMACIÓN REMOVIDA], titular de acciones emitidas por la sociedad de su gerencia, y en el que se solicitó que se le notificara judicialmente el título a doña [INFORMACIÓN REMOVIDA], en calidad de heredera de la persona individualizada previamente. Al respecto, cumplo con señalar lo siguiente:
De acuerdo a lo prescrito por los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República, los órganos de la administración del Estado, entre los que se encuentra este Servicio, se encuentran facultados para actuar exclusivamente en relación con las potestades y atribuciones que le han sido conferidas por ley. En tal sentido, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N°3.538 de 1980, Ley Orgánica de este Servicio, el mismo carece de competencia para pronunciarse respecto de las presentaciones y resoluciones que tengan lugar en juicios ejecutivos seguidos ante los tribunales ordinarios de justicia....
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