CMF - Oficio Ordinario N°35998 de 19/11/2019
Seguros liquidador persona jurídica requisitos
Abstracto
Oficio Ordinario N°35998 de 19/11/2019. Materia: Seguros. Normativa principal: D.F.L. N° 251. Consulta sobre requisitos para liquidadores de seguros persona jurídica. Establece que solo administradores y representantes legales de personas jurídicas deben cumplir requisitos para ser liquidadores registrados.
Resumen
Sobre el particular, le informo que el artículo 61 del D.F.L. N° 251 dispone que la liquidación de los siniestros amparados por un seguro podrán practicarla las compañías directamente o encomendarla a un liquidador registrado en la Superintendencia, salvo las excepciones legales. Sin embargo, el asegurado o beneficiario del seguro podrá exigir, en la forma y plazo que establezca el Reglamento, que la liquidación la realice un liquidador registrado. Adicionalmente, le informo que la letra d) del artículo 62 del D.F.L. N° 251, relativo al registro de liquidadores de seguros, establece que tratándose de personas jurídicas, ésta debe haberse constituido legalmente en Chile con este objeto específico y reunir sus administradores y representantes legales los requisitos exigidos para los demás liquidadores. Atendido lo anterior, la ley sólo exige que los administradores y representantes legales de una persona jurídica inscrita como liquidador de seguros deben cumplir los requisitos exigidos para ser liquidador de seguros....
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