CMF - Oficio Ordinario N°13189 de 01/04/2020

Valores hecho esencial uso correcto

Abstracto

Oficio Ordinario N°13189 de 01/04/2020 de la CMF aborda el uso incorrecto de hechos esenciales para responder oficios. Basado en la Ley N°18.045 y NCG N°30, reitera que la información esencial es aquella relevante para decisiones de inversión y no un canal de respuesta a la Comisión, instruyendo adoptar medidas correctivas.

Resumen

Se representa a esa sociedad que los hechos esenciales, como tales, no tienen por definición ni objetivo el dar respuesta a oficios que le hubieren sido remitidos por esta Comisión. Al respecto, la Ley N°18.045 de Mercado de Valores en sus artículos 9 y 10 es expresa al indicar que se entiende por información esencial aquella que un hombre juicioso consideraría importante para sus decisiones sobre inversión. Dicho criterio es reiterado por la Norma de Carácter General N°30 de 1989, la cual indica que debe considerarse esencial o relevante todo hecho o información que tenga o pueda tener en el futuro influencia o efecto en el desenvolvimiento de los negocios de la entidad, en sus estados financieros, en sus valores o en la oferta de ellos.

Por tanto, se hace presente la importancia del correcto uso de los instrumentos y canales de comunicación con esta Comisión, los inversionistas y el mercado general, y se instruye a esa sociedad a efectos de que adopte las medidas pertinentes para que situaciones como la descrita no se produzcan en el futuro....

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