CMF - Oficio Ordinario N°34389 de 05/08/2020
Seguro extranjero no competencia CMF
Abstracto
Oficio Ordinario N°34389 de 05/08/2020. Sobre seguros y responsabilidad civil, la CMF declara que no es competente para pronunciarse sobre la aplicabilidad en Chile de una póliza de seguro emitida en otra jurisdicción por una entidad no fiscalizada, de acuerdo al D.L. N°3.538 y la Constitución Política.
Resumen
Sobre el particular, cumple esta Comisión con manifestar a usted lo siguiente:
1.- El Decreto Ley N°3.538, Ley Orgánica de la Comisión para el Mercado Financiero ("D.L. N°3.538"), en su artículo 1 dispone que "Corresponderá a la Comisión, en el ejercicio de sus potestades, velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitando la participación de los agentes de mercado y promoviendo el cuidado de la fe pública. (...). Asimismo, le corresponderá velar porque las personas o entidades fiscalizadas cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que las rijan, (...)".
2.- Por su parte, el artículo 5 del D.L. N°3.538 establece las atribuciones de esta Comisión, enumerando entre ellas interpretar administrativamente las leyes, reglamentos y demás normas que rigen a las personas, entidades o actividades fiscalizadas, y podrá fijar normas, impartir instrucciones y dictar órdenes para su aplicación y cumplimiento, como también, absolver las consultas y peticiones e investigar las denuncias o reclamos formulados por accionistas, inversionistas, asegurados, depositantes u otros legítimos interesados, en materias de su competencia, determinando los requisitos o condiciones previas que deban cumplir para conocer de ellas.
3.- ...
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