CMF - Oficio Ordinario N°21025 de 31/03/2021
Plazos reporte financiero actividad esencial auditoras
Abstracto
Oficio Ordinario N°21025 de 31/03/2021. Materia: Plazos reporte estados financieros y actividad esencial firmas auditoras. La CMF no flexibilizará plazos de reporte financiero 2021. Se evaluarán casos particulares. No es competente para calificar actividad esencial de firmas auditoras.
Resumen
En atención a su presentación del antecedente, mediante el cual solicita a esta Comisión: i) flexibilizar los plazos para reportar los estados financieros auditados terminados al 31 de diciembre de 2020, y ii) exponer al Gobierno de Chile la importancia de incorporar a las firmas auditoras y sus actividades dentro de las actividades esenciales o de utilidad pública para el buen funcionamiento del mercado financiero; este Servicio cumple con informar lo siguiente:
- A diferencia de la situación que enfrentaron el año 2020, las entidades fiscalizadas debieron tener en consideración los efectos que la Crisis Sanitaria COVID 19 continuaría teniendo en sus actividades y ante ello, tomar las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones de información en 2021, por lo que no se estima pertinente realizar flexibilizaciones en los plazos de presentación de información financiera a ser reportada en ese periodo. Lo anterior, no obsta a que esta Comisión evalúe las circunstancias particulares que afecten a las entidades, en caso de que éstas se vean imposibilitadas de cumplir con los plazos definidos para la presentación de su información financiera.
- En cuanto a su segunda solicitud, esta Comisión no es competente para dar una opinión respecto a otorgar o no la calidad de "acti...
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