CMF - Oficio Ordinario N°94637 de 17/11/2021
Valores Firma Electrónica Informes Plena Prueba
Abstracto
Oficio Ordinario N°94637 de 17/11/2021. Materia: Responde. La CMF indica que la exigencia de 'firmar informes ante notario' en el Oficio Circular N°657 puede ser reemplazada por firma electrónica avanzada según Ley N°19.799, pues ambos métodos otorgan plena prueba a las declaraciones.
Resumen
En relación a su presentación del antecedente, en la cual solicita se le confirme que la expresión "firmar sus informes ante notario", contenidas en la sección I.1.ii del Oficio Circular N°657, puede ser reemplazada por una firma electrónica avanzada conforme a lo dispuesto en la Ley N°19.799, cumplo con informar lo siguiente:
El sentido de la normativa aludida es que las declaraciones contenidas en el informe así como el hecho que aquéllas emanan de quien las suscribe hagan plena prueba en contra de éste. En atención a que, en virtud de lo establecido en los numerales 1 y 2 del artículo 5º de la Ley N°19.799, ese mismo efecto se produce mediante la suscripción del informe empleando firma electrónica avanzada, si quien suscribe el informe utiliza esta última modalidad entonces debe entenderse cumplida la disposición normativa en comento....
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