CMF - Oficio Ordinario N°15463 de 17/02/2022
Tarjetas de pago notificación robo electrónica
Abstracto
Oficio Ordinario N°15463 de 17/02/2022 de la CMF. La normativa chilena sobre tarjetas de pago no obliga a imprimir en la tarjeta física los mecanismos de notificación por pérdida, robo, etc. Esta información puede ser dispuesta por medios electrónicos o plataformas digitales. La Ley N° 20.009 aplica a entidades no fiscalizadas por la CMF.
Resumen
Sobre el particular, cúmpleme informarle que esta Comisión confirma su Consulta, en razón de los fundamentos señalados en su Conclusión.
Por su parte, sírvase tener presente que las disposiciones de la Ley N° 20.009, que «Establece un Régimen de Limitación de Responsabilidad para Titulares o Usuarios de Tarjetas de Pago y Transacciones Electrónicas en caso de Extravío, Hurto, Robo o Fraude», resultan asimismo aplicables a entidades no sujetas a la fiscalización de este Servicio. Al efecto, el inciso 1º del artículo 1º de la ley en comento señala, en lo pertinente, lo siguiente: «También [dicha ley] regula el régimen de responsabilidad en los casos de extravío, hurto, robo o fraude de tarjetas de pago emitidas y operadas por entidades no sujetas a la fiscalización y regulación de los organismos indicados, salvo disposición expresa en contrario»....
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