CMF - Oficio Ordinario N°27466 de 05/04/2022

Sociedades anónimas juntas accionistas telemáticas decisión directorio

Abstracto

Oficio Ordinario N°27466 de 2022 de la CMF informa sobre la posibilidad de realizar juntas de accionistas telemáticas. Indica que la decisión es facultad del directorio, no supeditada a normas sanitarias de aforo, solo al cumplimiento de la Ley N°18.046, DS N°702 y NCG N°435. La CMF no emite recomendaciones sanitarias.

Resumen

Sobre el particular cumple esta Comisión con señalar que, como ya se analizó en el Oficio N°21.272 de 2021 (disponible en nuestra página web, en la plataforma de “Legislación y Normativa", apartado "Dictamen"), la decisión de implementar los sistemas o procedimientos digitales queda entregado al arbitrio del Directorio, facultad que no está supeditado a las normas sanitarias, sólo al cumplimiento de la regulación vigente en materia de Juntas, señaladas en los títulos VI de la Ley N°18.046 y del DS N°702 del 2012 del Ministerio de Hacienda, respectivamente, y a lo indicado en la NCG N°435 del 2020.

Finalmente, no corresponde a este Servicio dar recomendaciones sanitarias respecto a la celebración de juntas de accionistas presenciales en relación a las limitaciones de desplazamiento, aforo u otros, debiendo estar a lo dispuesto por la autoridad sanitaria al respecto, de conformidad a los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de a República y al DL 3538 de 1980 del Ministerio de Hacienda....

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