CMF - Oficio Ordinario N°54407 de 15/07/2022
Validez Diario Electrónico Publicaciones Legales
Abstracto
Oficio Ordinario N° 54407 de 15/07/2022. Materia: Validez de diarios electrónicos para publicaciones legales. La CMF no certifica medios, pero interpreta que las publicaciones en diarios electrónicos son válidas si cumplen Ley N° 19.733 y permiten consultar publicaciones precedentes, salvo impedimento legal específico.
Resumen
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Al respecto, esta Comisión no dispone de las facultades legales para certificar o reconocer que un diario electrónico sea un medio de circulación nacional y que sea válido efectuar en él las publicaciones que deban realizarse por mandato legal o reglamentario.
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No obstante lo anterior, en atención al tenor de su presentación, este Servicio considera pertinente manifestar su interpretación respecto de las publicaciones efectuadas a través de diarios electrónicos, en aplicación de las facultades que le confiere el artículo 5°, numerales 1 y 2 del D.L. N° 3.538.
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De conformidad con lo establecido en la Ley N° 19.733 de 2001 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, específicamente lo indicado en su artículo 2º, se entiende por medio de comunicación social "...aquellos aptos para transmitir, divulgar, difundir o propagar, en forma estable y periódica, textos, sonidos o imágenes destinados al público, cualesquiera sea el soporte o instrumento utilizado", señalando a continuación que "Se entenderá por diario todo periódico que se publique a lo menos cuatro días en cada semana y cumpla con los demás requisitos establecidos en la ley.", disposición que no restringe el concepto de diario a aquellos que sean impresos en papel.
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En virtud de lo anteri...
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