CMF - Oficio Ordinario N°88096 de 22/11/2022

Tasación inmuebles registro tasadores inexistencia entidades fiscalizadas

Abstracto

Oficio Ordinario N°88096 de 22/11/2022. Materia: Tasación de inmuebles. La CMF informa que, según D.L. N°3.538, lleva registros públicos de profesionales, pero no existe un registro específico de tasadores de bienes raíces para operaciones de entidades fiscalizadas según DFL N°251 (Ley de Seguros) o Ley N°18.045 (Mercado de Valores). Por tanto, no es posible informar sobre dicha nómina.

Resumen

Sobre el particular, cumple este Servicio con informar que de conformidad a lo prescrito en el numeral 15 del artículo 5 Decreto Ley N°3.538, que Crea la Comisión para el Mercado Financiero, este Servicio debe llevar los registros públicos de profesionales o de información que las leyes le encomienden, entre los que no se observa un registro relativo a tasadores de bienes raíces.

Así, pese a las referencias a la realización de tasaciones de inmuebles a propósito del desarrollo del giro asegurador o del propio de Administradores de Mutuos Hipotecarios Endosables, o respecto de Sociedades Securitizadoras, no se contempla la existencia de un registro especial como el de su consulta en lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°251 de 1931, Ley de Seguros, o en la Ley N°18.045 de Mercado de Valores.

Atendido lo señalado en lo precedente, no es posible responder afirmativamente a las consultas planteadas....

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